San Luis La Provincia

Competencias Generales

Ministerio de Educación

  1. Conducir integralmente la política educacional, adecuando y actualizando la legislación educativa vigente;
  2. Planificar y desarrollar el área educativa a fin de adaptarla a las necesidades de los distintos estamentos de la sociedad;
  3. Coordinar las relaciones entre los distintos organismos educativos provinciales y de éstos con los Nacionales, municipales y privados;
  4. Fomentar la concientización ciudadana respecto del mantenimiento integral de los establecimientos escolares;
  5. Garantizar la educación permanente como derecho del individuo para su completa realización; su gratuidad y obligatoriedad en los niveles inicial y primario y en aquéllos que establezca la legislación vigente;
  6. Coordinar y adecuar los regímenes de la educación privada y especial, en general, a través de las acciones educativas y culturales;
  7. Crear aulas virtuales para la formación y actualización del docente;
  8. Diseñar, coordinar y ejecutar políticas tendientes a la creación de institutos terciarios y universitarios y participar activamente en los existentes;
  9. Fortalecer y promover las escuelas técnicas y las escuelas públicas digitales (EPD);
  10. Definir la política educativa provincial con la premisa de garantizar el Derecho Pleno a la Educación;
  11. Ejecutar estrategias pedagógicas que garanticen el cumplimiento de la obligatoriedad establecida por la Ley Nacional de Educación Nº 26.206 a todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que habitan el territorio provincial;
  12. Participar en la definición de estrategias políticas que aseguren el cumplimiento de la obligatoriedad escolar;
  13. Implementar acciones de mejora continua de la calidad educativa;
  14. Mejorar la calidad de vida de todos los alumnos cubriendo las carencias detectadas en niños, niñas y jóvenes en situaciones de riesgo a efectos de propiciar el desarrollo físico, mental y social contribuyendo al mejoramiento de la calidad educativa;
  15. Desarrollar acciones que promuevan en los establecimientos educativos la identificación y evaluación temprana, la flexibilización o ampliación del proceso de escolarización, el seguimiento y orientación de los alumnos con capacidades o talentos especiales;
  16. Organizar y gestionar actividades que favorezcan el acceso de los alumnos al conocimiento científico y tecnológico;
  17. Contribuir a la integración de la promoción de la salud y los hábitos saludables a las políticas educativas;
  18. Implementar acciones que contribuyan a la optimización de la supervisión educativa a fin de proponer soluciones, proyectar acciones y monitorear resultados a los efectos de mejorar la calidad educativa en igualdad de oportunidades y equidad;
  19. Planificar e impulsar el mejoramiento de la educación, la evaluación del docente, mérito y capacitación del mismo, liderazgo del currículum y la administración escolar;
  20. Afianzar el vínculo de acompañamiento institucional entre el nivel de supervisión y el nivel directivo de las Instituciones;
  21. Promover el desarrollo de nuevas ofertas académicas para la formación docente, técnica, profesional, postgrados y títulos de nivel superior no universitarios;
  22. Analizar y definir las plantas orgánicas funcionales de todas las instituciones educativas determinando las necesidades de cargos a cubrir;
  23. Tramitar sistemáticamente todas las diligencias para concretar la cobertura de cargos jerárquicos docentes;
  24. Intervenir en el traslado, reubicaciones, permutas y reincorporación del personal docente;
  25. Implementar acciones que contribuyan a la optimización de los recursos humanos existentes a través del análisis y ordenamiento situacional de la planta orgánica nominal y la planta orgánica funcional de los establecimientos educativos;
  26. Formar, estudiar y valorizar los legajos de docentes sobre la base de títulos y antecedentes;
  27. Otorgar el puntaje correspondiente a los docentes en virtud de la normativa vigente;
  28. Promover la socialización de experiencias educativas innovadoras, creadas y a crearse en el sistema educativo;
  29. Producir estadísticas educativas que faciliten el conocimiento y la evaluación del estado de situación de la educación sanluiseña, para la toma de decisiones tendientes al mejoramiento de la calidad, a los efectos de contar con información oportuna y relevante que permita accionar en líneas específicas;
  30. Desarrollar informes periódicos sobre las principales variables de funcionamiento del sistema educativo tales como cobertura, repitencia, deserción, egreso, promoción, sobre edad, costos, procesos y logros de aprendizaje, proyectos y programas educativos, formación y prácticas de los docentes, directivos y supervisores, unidades escolares, contextos socioculturales de aprendizaje, etc;
  31. Optimizar las relaciones institucionales entre el Ministerio de Educación y las organizaciones públicas y privadas, nacionales e internacionales;
  32. Supervisar y relevar el estado edilicio de los establecimientos educativos, procurando el equipamiento de los mismos para un mayor confort y bienestar de la comunidad educativa para una correcta y equitativa distribución de bienes de uso y de consumo;
  33. Desarrollar acciones, junto con los directivos, para el mantenimiento preventivo de los edificios escolares;
  34. Establecer las necesidades de ampliación y/o construcción de edificios escolares nuevos en el territorio provincial, como así también el equipamiento y materiales didácticos;
  35. Estudiar y proponer la recategorización, cierre, apertura y clasificación por zona de establecimientos educativos;
  36. Asegurar el cumplimiento del Artículo 77 de la Constitución Provincial y de la Ley Nº II-0036-2004 (5549 *R) de “Educación Pública de Gestión Privada de la Provincia”;
  37. Regular, controlar y monitorear el uso de los recursos financieros que el Estado Provincial destina a la educación privada;
  38. Producir informes técnicos, circulares, etc. que pauten el accionar pedagógico de las instituciones educativas de gestión privada;
  39. Supervisar la elaboración, impresión y distribución de todas las certificaciones de estudios correspondientes a los diferentes niveles del sistema educativo provincial y formalizar su registro en tiempo y forma, como así también acreditar la validez nacional de los títulos, en el marco de la normativa provincial y nacional;
  40. Establecer criterios de monitoreo, apoyo y orientación pedagógica de los diferentes tipos de escuelas;
  41. Definir las medidas que sean necesarias, a los efectos que los servicios educativos brindados en zonas rurales alcancen niveles de calidad equivalente a los establecimientos educativos de zonas urbanas. Supervisar la elaboración, impresión y distribución de todas las acreditaciones de estudios correspondientes a la educación rural;
  42. Generar y ejecutar acciones que fomenten la permanencia e inclusión de los jóvenes en el sistema educativo en todos sus niveles.

Ministro de Educación

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